IMPUESTOS IAE (Impuesto de Actividad Económicas)
EL destinatario de este impuesto son las personas o jurídicas y entidades señaladas en los artículos 35.4 de la ley general tributación que realicen cualquier actividad empresarial profesional o artística ejercida o no en local determinado.
Solo tienen que pagar este impuesto las empresas o entidades que desarrollan una actividad empresarial artística y su cifra de negocio de dos años antes supera el millón de euros.
El cálculo de la cuota se realiza según lo establecido en las tarifas e instrucción del impuestos sobre actividades económicas y se amplía el coeficientes del impuesto sobre actividades económicas de ponderación en función del importe neto cifra de negocio y si la actividad se ejerce en un local.
Ultraval Consulting S.L asesora en la reducción y gestión de la actividad económica para optimizar al máximo el impuesto.